El panorama de los criterios de honorarios está en constante evolución. La entrada en vigor de la , de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, ha introducido modificaciones en las normas sobre aprobación e impugnación de las costas procesales. Además, la reciente Ley del Derecho a la Defensa ha incluido la posibilidad de que los colegios de abogados publiquen criterios orientativos de honorarios.
Quizás el apartado más moderno y discutido. El ICAA reconoce que no todo conflicto se basa en dinero. Asuntos complejos en Derecho de Familia (custodias, regímenes de visitas), Penal o Contencioso-Administrativo requieren una dedicación intensiva. Los criterios otorgan "unidades de obra" o puntos que se traducen en valores económicos. Aquí se valora el estudio de los autos, las reuniones con el cliente, las comparecencias y la redacción de escritos, desvinculando el honorario de la simple cifra económica reclamada.
A raíz de la Ley 25/2009 (Ley Ómnibus), los Colegios de Abogados tienen para los servicios profesionales. No obstante, el ICALI mantiene un documento de criterios que cumple dos funciones específicas:
